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El 26 de octubre de 2015, la Unidad de Información Financiera (UIF) multó con 40 mil pesos a FIAT AUTO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, a sus seis directivos y al oficial de cumplimiento, por haber incumplido la política de identificación del cliente y la falta de consulta en tiempo y forma a los listados de terroristas. En el marco de una supervisión, la UIF solicitó a FIAT S.A. información sobre los elementos principales del sistema de prevención antilavado y antifinanciación del terrorismo, como detalle de actividad, sucursales y localización; procedimiento previo emisión y remisión de un ROS; bases de datos y políticas y procedimientos adoptados respecto de la prevención de Lavado, en tanto Sujeto Obligado por el artículo 20, inciso 13 de la Ley Nº 25246 y modifs. En el procedimiento se encontraron al menos 15 legajos de clientes a los que les faltaban datos personales, así como en varios no se había realizado o se había realizado extemporáneamente la consulta al listado de terroristas según lo establece la Resolución UIF Nº 125/09. La instrucción del sumario contra FIAT AUTO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS arrojó que la empresa faltó en sus deberes de debida diligencia, por lo que se resolvió la aplicación de una multa de 30 mil pesos a la empresa, sus directivos y su oficial de cumplimiento por el incumplimiento a la política de identificación y conocimiento del cliente y a la infracción del artículo 2.1. de la Resolución UIF N° 231/2009 y artículo 21 inciso a. de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias. Adicionalmente, se les estableció una multa de 10 mil pesos por no haber incorporado la consulta a los listados de terroristas contemplados en la Resolución UIF N° 125/09, esto según lo establecido en la Resolución UIF Nº 396/2015. |
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